¡Hola, Humanos laborales!
DESPIDOS
Los despidos son una de las situaciones más difíciles y conflictivas que se pueden dar en el ámbito laboral, tanto para los trabajadores como para los empresarios. Por eso, es fundamental conocer los derechos y obligaciones que se derivan de ellos, así como las posibles prestaciones a las que se puede acceder en caso de quedarse sin empleo.
En España existen tres tipos de despidos, según las causas que los motivan y el procedimiento que se sigue para llevarlos a cabo. Estos son:
- Despido objetivo: Es el que se produce por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción de la empresa, que afectan a la viabilidad o competitividad del negocio. También se puede dar por falta de adaptación del trabajador a los cambios técnicos del puesto, o por ineptitud sobrevenida del mismo. Este tipo de despido requiere una comunicación escrita al trabajador con 15 días de antelación, y el pago de una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
- Despido disciplinario: Es el que se produce por una conducta grave y culpable del trabajador, que incumple sus obligaciones contractuales. Algunos ejemplos son las faltas de asistencia o puntualidad, la desobediencia, la indisciplina, el rendimiento insuficiente, la transgresión de la buena fe, el acoso o la violencia. Este tipo de despido no requiere preaviso ni indemnización, pero debe ser comunicado por escrito al trabajador, indicando los hechos que lo motivan y la fecha de efectos.
- Despido colectivo: Es el que se produce por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción de la empresa, que afectan a un número determinado de trabajadores, en función del tamaño de la plantilla. Este tipo de despido requiere la apertura de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores, y el pago de una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
En cualquiera de estos casos, el trabajador puede impugnar el despido ante los tribunales, si considera que no está justificado o que no se ha respetado el procedimiento legal. El juez podrá calificar el despido como:
- Procedente: Si el despido está fundamentado en una causa real y suficiente, y se ha seguido el procedimiento adecuado. En este caso, el trabajador no tiene derecho a ninguna indemnización adicional, ni a la reincorporación a su puesto de trabajo.- Improcedente: Si el despido no está fundamentado en una causa real y suficiente, o no se ha seguido el procedimiento adecuado. En este caso, el empresario puede optar entre readmitir al trabajador, o pagarle una indemnización de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Además, el trabajador tiene derecho a cobrar los salarios de tramitación, desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, o hasta que se haya encontrado otro empleo, si es anterior.
- Nulo: Si el despido vulnera los derechos fundamentales del trabajador, o se produce por una causa discriminatoria o prohibida por la ley. En este caso, el empresario está obligado a readmitir al trabajador, y a pagarle los salarios de tramitación, desde la fecha del despido hasta la fecha de la reincorporación.
RECOMENDACIÓN
Para los que nunca hayáis firmado un despido o igual en algún momento de la vida tengáis que hacerlo (aunque ojalá que no), os pongo unos puntos de recomendación:
1. Exige siempre la carta de despido por escrito. Sea el tipo de despido que sea, como si es disciplinario como objetivo, la carta debe de contener la información detallada sobre la causa del despido, así como la fecha en la que se hará efectivo, datos de empresa, firma y sello de la misma. Si no se realiza, es posible que pierdas algunos derechos.
2. Identificar el tipo de despido ante el que te encuentras. Por ejemplo, ante un despido disciplinario la empresa tiene que demostrar una falta grave acometida por tu parte, mientras que en un objetivo, la empresa tiene que demostrar que existen causa económicas, técnicas, organizativas o de producción que favorecen el despido.
3. Comprobar los conceptos del finiquito. El finiquito es el documento que recoge las cantidades que la empresa debe de pagar tras el despido. Hay que comprobar que las cantidades son correctas y no se han olvidado nada.
4. Comprobar que la indemnización por despido está bien calculada. Se que es complicado, por ello te dejo el acceso a esta página, actualizada con datos de 2023, para que puedas hacerle uso: Calculadora despido 2023
5. Buscar asesoramiento. Uno de mis mayores consejo, y que yo misma sigo, es estar afiliada a un sindicato. En este caso, por una cuota al trimestre, podréis hacer uso de la asesoría legal que os brindan (siempre están muy actualizados en cuanto a legislación laboral) y, tendréis asesoramiento en caso de despido e incluso dispondréis de abogado si lo requerís y ya incluido en la cuota que pagas trimestralmente.
Además, siempre cuando firmes, firma como NO CONFORME. De esta manera, si hay una revisión, siempre irá a tu favor en el que caso de que te deban algo en la indemnización.
Y hasta aquí los tipos de despidos. Próximamente: los casos en los que se puede cobrar el paro enEspaña, con sus características e indemnizaciones. ¡No te lo pierdas!


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