¡Hola, laboralmente humanos!
En el post de hoy os traigo un tema más internacional: el asilo político, pero como siempre, relacionado con el ámbito laboral. En este caso... ¿Cómo consigue una persona que ha solicitado asilo político permiso de trabajo? A continuación, te dejo más información:
ASILO POLÍTICO
Según la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, aquellas personas que les sea aprobado el asilo adquieren el permiso de trabajo y residencia automáticamente. De esta manera, tanto los refugiados como los beneficiarios de protección subsidiaria (asilo) pueden trabajar en el país donde se les ha concedido la protección. Durante los primeros 6 meses en España con asilo, no podrás trabajar; pero pasados 6 meses desde la fecha de la entrevista policial, recibirás tu tarjeta roja y, con ella, podrás trabajar legalmente en el país, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia.La contratación de un beneficiario de asilo se puede equiparar a la contratación de una persona extranjera no comunitaria. Para ello, habrá que seguir los siguientes pasos:
✅Antes de proceder a la contratación del extranjero no comunitario se deberá comprobar que está en posesión de alguna de las autorizaciones previstas en la Real Decreto 2393/2004 y que la misma está vigente. En caso de los beneficiarios de protección internacional solamente hay que comprobar que tienen el permiso de trabajo y residencia en vigor.
✅El candidato debe contar con el documento de Asilo (Tarjeta Roja).
✅El interesado debe solicitar el número de Seguridad Social en la tesorería de la seguridad social más cerca a su domicilio.
✅El interesado deberá darle a la empresa fotocopia de la Tarjeta Roja y fotocopia del número de afiliación de la Seguridad Social.
✅El empleador deberá darle de alta al solicitante de Asilo en la Seguridad Social.
✅El empleador debe ofrecerle un contrato legal y escrito al solicitante de Asilo.
Y hasta aquí el post de hoy. ¿Estáis pensando en vuestra empresa en contratar a alguien en situación de asilo? Espero que la información de hoy os haya ayudado en cuanto a tiempos de contratación y haya podido "arrojar" algo de luz. ¡Nos leemos!

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